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Adidas vs. Infinite Machine: una oposición no equivale a una prohibición de venta

Adidas impugna una solicitud de Infinite Machine ante el TTAB. El procedimiento sigue pendiente.

Tienda Adidas en SoHo, Manhattan, 13 de diciembre de 2025. Fotografía de archivo; no representa los productos litigados.
Kidfly182 / Wikimedia Commons · Tienda Adidas en SoHo, Manhattan, 13 de diciembre de 2025. Fotografía de archivo; no representa los productos litigados. · Ajuste de tamaño y encuadre en la presentación. · CC BY 4.0 · Tienda Adidas en SoHo, Manhattan, 13 de diciembre de 2025. Fotografía de archivo; no representa los productos litigados. · Procedencia de la imagen · Licencia y condiciones · Escalado de presentación sin recorte; archivo original sin editar.

ADIDAS VS. INFINITE MACHINE: UNA OPOSICIÓN NO EQUIVALE A UNA PROHIBICIÓN DE VENTA

El registro oficial de la USPTO identifica la oposición 91311059, presentada el 12 de octubre de 2026 por adidas International Marketing BV y adidas AG frente a Infinite Machine Technologies. La solicitud cuestionada lleva el número 99222945. En la consulta, el procedimiento aparece pendiente.

Este asiento acredita la oposición y las partes. No acredita que se haya declarado infracción, ordenado retirar productos o concedido daños. Tampoco permite reconstruir por sí solo todos los argumentos gráficos y comerciales de las partes.

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En una estrategia de marca hay que separar el derecho a obtener un registro de las controversias sobre el uso de un signo. El TTAB examina cuestiones registrales dentro de su competencia; anunciar una oposición como victoria comercial exagera su alcance. Para diseñadores y empresas tecnológicas que entran en categorías próximas a la moda, revisar antecedentes figurativos puede ser tan relevante como buscar nombres idénticos.

FUENTE Y ALCANCE

https://ttabvue.uspto.gov/ttabvue/v?pno=91311059

Revisión: 27 de octubre de 2026. El análisis distingue el estado de la fuente consultada de cualquier actuación posterior no verificada. Las conclusiones extranjeras no se trasladan automáticamente a México.

Fuentes y documentación

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