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The Edit / The Legal Perspective

Casting, modelos y derechos de imagen: quién controla la campaña de moda

· Vogue Business

El casting se convierte en una función estratégica; examinamos contratos, derechos de imagen, licencias fotográficas e inteligencia artificial.

Equipo de maquillaje, peluquería y modelos entre bastidores del desfile Philosophy, Semana de la Moda de Nueva York, 6 de febrero de 2008. Fotografía de archivo ilustrativa.
mandiberg / Wikimedia Commons · Preparativos entre bastidores del desfile Philosophy en Nueva York (2008). Imagen ilustrativa, no corresponde a los contratos analizados. · Encuadre y escalado CSS. · Fuente de la imagen · Licencia CC BY-SA 2.0 · Escalado de presentación sin recorte; archivo original sin editar.

DEL CASTING AL CENTRO DE LA INDUSTRIA

Lucy Maguire documentó para Vogue Business cómo los directores de casting coordinan hoy decisiones artísticas, disponibilidad de modelos, agendas de desfiles, agencias y campañas digitales. Ben Grimes, Julia Lange, Emma Matell y Simone Schofer son parte de los profesionales entrevistados. Su labor no consiste únicamente en seleccionar rostros: también contribuye a construir la narrativa visual de una marca.

THE LEGAL PERSPECTIVE | LOS DERECHOS QUE COEXISTEN EN UNA CAMPAÑA

1. EL CONSENTIMIENTO SOBRE LA PROPIA IMAGEN

En México, el artículo 87 de la Ley Federal del Derecho de Autor regula el uso o publicación del retrato de una persona y contempla consentimiento expreso, excepciones y supuestos particulares de remuneración. Contratar una sesión no debe interpretarse como autorización universal e indefinida. El contrato debe delimitar finalidad, medios, territorio, vigencia, remuneración, modificaciones y posibles sublicencias.

2. FOTOGRAFÍA Y AUTORIZACIÓN DE LA MODELO SON DERECHOS DISTINTOS

El fotógrafo puede tener derechos sobre su obra, mientras la persona retratada conserva intereses jurídicos sobre su imagen. Una licencia fotográfica no reemplaza automáticamente el consentimiento para explotación publicitaria. La marca debe verificar la cadena de autorizaciones de todos los participantes y proveedores relevantes.

3. AGENCIAS, PRODUCTORAS Y DIRECTORES DE CASTING

La distribución de responsabilidades depende de quién contrata, quién obtiene las autorizaciones y quién explota las piezas. Las cláusulas de garantías e indemnidad no sustituyen el cumplimiento efectivo. En producciones transfronterizas, hay que estudiar la ley aplicable, la jurisdicción y las normas imperativas del lugar de trabajo y difusión.

4. PUBLICIDAD DIGITAL Y NUEVOS USOS

No es lo mismo publicar una imagen editorial que utilizarla en anuncios pagados, empaques, escaparates o campañas para terceros. Una reutilización fuera del alcance pactado puede exigir nueva autorización. También deben definirse derechos de edición, retoque y transformación de materiales.

5. INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y RÉPLICAS SINTÉTICAS

Crear una representación artificial con apariencia de una modelo o alterar sustancialmente su rostro no debe presumirse comprendido en una autorización convencional. Deben revisarse consentimiento, privacidad, propiedad intelectual, normas publicitarias y los términos de los proveedores tecnológicos. El riesgo aumenta cuando la réplica permite usos nuevos sin una sesión adicional.

6. DIVERSIDAD Y CONDICIONES DE TRABAJO

Las decisiones creativas conviven con deberes de no discriminación y condiciones laborales según la jurisdicción y naturaleza de la relación. No toda selección artística es ilícita, pero una etiqueta de libertad creativa tampoco neutraliza automáticamente las normas aplicables.

CONCLUSIÓN

La gestión profesional de imagen comienza antes de encender la cámara. Un casting sólido requiere contratos coherentes, autorizaciones comprobables y límites claros de explotación. Este análisis es general y no sustituye asesoría sobre un contrato específico.

FUENTES: Vogue Business, 21 de octubre de 2026; Ley Federal del Derecho de Autor de México, artículo 87 (verificar texto vigente antes de uso profesional).

Fuentes

Vogue Business

El análisis editorial se distingue de los hechos. Las fotografías de archivo no representan necesariamente los productos o acontecimientos litigados.