D. AUXILLY: LA VENTA DE UNA PRENDA Y LOS LÍMITES DE LA NEGATIVA DISCRIMINATORIA
El 22 de octubre de 2026, la División de Apelación, Primer Departamento de Nueva York, confirmó la orden administrativa contra D. Auxilly NYC por discriminación basada en orientación sexual. El asunto se refería a la negativa a vender una prenda nupcial previamente diseñada y anunciada.
El tribunal rechazó las defensas de libertad de expresión y ejercicio religioso en las circunstancias examinadas. Consideró que los posibles ajustes de talla no convertían la venta de aquella prenda en una expresión obligada. También confirmó los remedios económicos examinados. La decisión no resuelve todas las posibles controversias sobre encargos creativos personalizados.
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Para la moda, la distinción práctica está en identificar qué se vende y qué se solicita al creador. Un producto ya ofrecido al público y un encargo que exige desarrollar expresión nueva pueden plantear preguntas distintas. Conviene formar al personal y documentar políticas de atención consistentes; invocar creatividad no elimina automáticamente las obligaciones aplicables de no discriminación. El alcance de esta resolución corresponde a su normativa y hechos concretos.
FUENTE Y ALCANCE
https://law.justia.com/cases/new-york/appellate-division-first-department/2026/index-no-806157-24-appeal-no-7312-case-no-2025-06428.html
Revisión: 27 de octubre de 2026. El análisis distingue el estado de la fuente consultada de cualquier actuación posterior no verificada. Las conclusiones extranjeras no se trasladan automáticamente a México.
