EL FUTURO SE ESCRIBE EN COLOR
Mientras la industria prepara sus próximas colecciones, la agencia Future Snoops mira hacia otoño-invierno 2028/29. Según la cobertura de FashionUnited del 20 de octubre de 2026, su pronóstico destaca azules intensos, rojos y morados, el rosa tratado como neutro, verdes de inspiración retro y marrones profundos. Entre las combinaciones mencionadas figuran cobalto y blanco, rojo vino con crema y negro, y verde matcha con tonos claros y cítricos.
Una predicción cromática no equivale a una obligación creativa ni garantiza que todas las marcas adopten la misma paleta. Su valor consiste en ofrecer un lenguaje visual para diseñadores, compradores y equipos de comunicación.
THE LEGAL PERSPECTIVE | ¿DE QUIÉN ES UN COLOR?
Un color que se vuelve tendencia no pasa a ser propiedad exclusiva de quien lo pronostica. En principio, los diseñadores pueden utilizar tonalidades presentes en la moda. El análisis cambia cuando un color o una combinación funciona como signo distintivo de una empresa y reúne las condiciones legales para su protección.
En México, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial contempla combinaciones de colores como posibles signos marcarios, siempre sujetas a los requisitos de distintividad y a las prohibiciones de registro aplicables. Esto no significa que una marca pueda monopolizar cualquier uso decorativo de sus colores, ni que toda paleta de temporada sea registrable. Importan la representación solicitada, la manera de uso, los productos o servicios, los antecedentes y la percepción del consumidor.
También debe distinguirse una marca de la imagen comercial: el conjunto de elementos de presentación de un producto o establecimiento puede cumplir una función identificadora, pero su protección exige analizar el signo concreto y el marco legal correspondiente. La semejanza cromática aislada no acredita automáticamente confusión ni infracción.
DISEÑAR CON REFERENCIAS SIN COPIAR IDENTIDADES
Una colección puede incorporar azul cobalto o verde matcha sin necesitar permiso de la agencia que identificó la tendencia. Distinto sería reproducir una composición gráfica protegida, utilizar una marca ajena como si fuera propia o sugerir una colaboración comercial inexistente. El uso de fotografías de pasarela, ilustraciones, reportes y otros materiales editoriales también requiere examinar derechos de autor, licencias y condiciones de reproducción. Que una imagen circule en internet no la convierte en material libre de derechos.
Para una firma de moda, la recomendación es documentar su desarrollo creativo, revisar búsquedas marcarias antes de consolidar una identidad cromática, definir lineamientos de marca y obtener licencias para imágenes de terceros. Si pretende registrar una combinación de colores, debe estudiar si realmente distingue su origen empresarial y no solo adorna el producto.
THE EDIT'S FINAL WORD
Las tendencias cromáticas son un vocabulario compartido; las marcas protegidas son signos jurídicamente delimitados. El Fashion Law no impide inspirarse en el futuro: ayuda a reconocer cuándo una decisión estética empieza a comunicar procedencia empresarial y a generar derechos de terceros.
FUENTE: FashionUnited, Esmee Blaazer, 20 de octubre de 2026: https://fashionunited.es/noticias/moda/visto-en-la-pasarela-las-tendencias-de-color-de-future-snoops-para-fw28-29/2026102050967
REFERENCIA JURÍDICA: Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, especialmente disposiciones sobre signos distintivos y registro de marcas.
Análisis editorial de ALO & LAW®. No constituye asesoría jurídica individual.
